BITÁCORA 1. El marco de planificación: La Política Pesquera Común
Si comprendemos la evolución de la Política Pesquera Común será más fácil comprender en base a qué se articula un programa de desarrollo de una zona de pesca en el marco de programación plurianual 2014-2020. Como es lógico, este marco se extiende en su aplicación y justificación más allá del año 2020, como evidencia su puesta en marcha tres años después del inicio del marco plurianual.
La Política Pesquera Común (PPC en adelante) no cobra cuerpo propio hasta 1970, con anterioridad se consideraba parte de la Política Agrícola Común. Tras años de deliberación y de acuerdos se publica un primer Reglamento en 1983, que regulaba la aplicación de la PPC, se plantea un articulado de base conservacionista, siendo la protección del medioambiente el denominador común de sus medidas.
Casi una década después, en 1992, el Reglamento que regulara la PPC pondría su foco en la sobrepesca, planteando medidas de acompañamiento a la reducción de la flota.
Otra década después, en 2002, se produce una importante reforma de la PPC en base a dos objetivos principales: promover la sostenibilidad ecológica del medio marino y promover la sostenibilidad social de la comunidad relacionada con el sector, afectada por medidas de reestructuración de gran calado.
Siguiendo la tendencia que marca la evolución de la PPC, en 2005 se limitan las ayudas en el sector a la mejora de las condiciones de trabajo, a la calidad de los productos, al uso de técnicas pesqueras más selectivas y al uso de sistemas de localización de buques (SLB).
Es en 2005 cuando se introducen cambios en relación a la mejora de la gobernanza en relación a la PPC. Comienzan a funcionar los Consejos Consultivos Regionales.
Antecedentes y marco normativoEl Reglamento de 2013, el que regula la aplicación de la PPC en este marco plurianual, se postula en base a los siguientes pilares:
- Introduce una gestión ecosistémica plurianual, estableciendo planes plurianuales para especies y caladeros.
- Fija un rendimiento máximo sostenible (RMS), limitando las capturas
- Prohíbe los descartes
- Regula la capacidad de la flota, estableciendo un trato favorable a la pesca tradicional, dado su menor impacto medioambiental
- Promueve la monitorización científica
- Promueve el desarrollo de una acuicultura sostenible
- Insiste en la necesidad de una gobernanza descentralizada, subrayando el papel de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero.
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